Diciembre 22, 2017

Ley de Biodiversidad

La recién aprobada Ley General de Biodiversidad, señala dentro de su articulado que el Ejecutivo Federal tendrá que decretar Zonas de Desarrollo Integral Sustentable, para que sea posible emplear programas que resarza los ecosistemas afectados por actividades productivas mineras y de extracción de hidrocarburos, en ese sentido, la Comisión especial de Cambio Climático, principal impulsora de dicha ley, esclarece que no se ponen en riesgo las Áreas Naturales Protegidas.

Es por ello que, conociendo las 57 mil 255 hectáreas otorgadas para proyectos mineros en las Áreas Protegidas, se presentó una reserva para modificar el artículo 147 de la ley, con el objetivo de defender y refugiar las áreas referidas, apuntando que no se podrá autorizar la fundación o regularización de nuevos centros de población en dichas zonas.

Así, la ley en comento propone que las compañías establecidas dentro de las regiones de vida silvestre, se sujeten a atender los programas que la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales indique para reparar los daños ambientales generados, en ese orden de ideas, resulta para algunos polémica por ese supuesto y algunos más que contempla la Ley General de Biodiversidad.