Junio 27, 2017

El Senado actúa en apego a la Constitución: Suprema Corte

Por segunda ocasión en menos de quince días, el pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que los actos del pleno del Senado se ajustan a la Norma Fundamental de los mexicanos. Ello con motivo de la solicitud de inconstitucionalidad que los partidos PRD y MORENA habían presentado en contra de la ampliación del periodo de labores de los magistrados del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) que el Senado eligió por mayoría calificada en octubre de 2016 y que devino en la reforma del articulado transitorio de reformas a la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación. Solicitud que desestimó el máximo tribunal constitucional de México por considerar que trató de actos válidos y constitucionales.

Ante esta decisión, el presidente del Senado, Pablo Escudero, aseveró que se trata de un legítimo ejercicio de equilibrio entre los distintos Poderes del Estado, que refleja la fortaleza institucional de nuestro país. Con ello, “el Senado de la República sostiene la constitucionalidad y regularidad de los actos legislativos y los nombramientos adoptados por las mayorías que ordena nuestra Constitución,” sostuvo el líder senatorial.

Pablo Escudero afirmó que el Senado actuó con responsabilidad y en un entorno de pluralidad política, cumplió con responsabilidad constitucional de realizar las designaciones que aportan al país instituciones sólidas en el sistema de medios de impugnación en materia electoral.

Ante esta decisión judicial, el senador Pablo Escudero destacó que se trata de tema juzgado y que quedado firme que los actos del Senado y del Congreso son constitucionales y válidos, pues buscó en todo momento garantizar la autonomía e independencia del TEPJF, al momento de ampliar el plazo del nombramiento de los magistrados.

El pasado 13 de junio, la Suprema Corte de Justicia de la Nación declaró constitucionales los artículos 29, 34 y 48 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas y con ello, la obligación de determinados servidores públicos para presentar las declaraciones patrimonial, de conflicto de intereses y fiscal, al tiempo de garantizar la protección de datos personales y vida privada.