Febrero 7, 2018

Prórroga para Juicios Orales Mercantiles

Las reformas a los artículos transitorios segundo, tercero, cuarto y quinto del Decreto por el que se reforman y adicionan disposiciones del Código de Comercio, en materia de juicios orales mercantiles, se aprobaron en lo general y en lo particular, de manera unánime, con 76 votos, por lo que el decreto referido entrará en vigor seis meses después de lo previsto.

De esta manera, el dictamen expone que, desde el 26 de enero de 2019, en los juicios ejecutivos mercantiles orales se tramitarán todas las contiendas mercantiles, con monto de suerte principal igual o mayor a la cantidad que se señala en al Artículo 1339, para que un juicio pueda ser apelable, considera igualmente las contiendas mercantiles con monto de hasta 650 mil pesos de suerte principal y de un millón por este concepto, así, a partir del 26 de enero del 2020, se tramitarán todas las contiendas mercantiles sin limitación de cuantía, en los juicios orales mercantiles previstos en el artículo 1390 Bis.

El dictamen presentado por el senador Héctor Larios Córdova, señala que el mismo estará en vigor un día después de la publicación en el Diario Oficial de la Federación, el legislador expuso que la prorroga considerada por la Cámara baja y enviada al Senado, fue contemplada, ya que el beneficio aprobado no podía ser implementado por distintas circunstancias, entre ellas el daño al edificio adecuado para las salas orales, debido al sismo del 19 de septiembre. Finalmente, el dictamen en comento se devolvió a la Cámara de Diputados para los efectos de la fracción e) del artículo 72 Constitucional.